Desde ARYS Abogados queremos seguir compartiendo con vosotros los casos de éxito de la firma contra compañías aseguradoras. Esta vez hablaremos de tres nuevas resoluciones a favor de nuestros clientes.

Caso I

Nuestro cliente era una empresa dedicada a la calderería que, mientras se encontraba realizando la instalación de una cubierta metálica en las dependencias de otra empresa, un cliente suyo sufrió un siniestro. El accidente se produjo cuando, al izar la estructura metálica con una grúa, aquella se desprendió y cayó sobre una plataforma elevadora que se encontraba en la nave. La plataforma elevadora dañada la había alquilado nuestro cliente para la realización de la obra. Los daños causados en la plataforma ascendían a algo más de 16.000€.

La compañía aseguradora de la responsabilidad civil de explotación de nuestro cliente rechazó el siniestro en base al condicionado de la póliza y considerando que durante el trabajo realizado se estaba operando sobre la plataforma. Tras acudir a nosotros y seguirse un procedimiento judicial, la aseguradora fue condenada a abonar la totalidad reclamada y las costas del procedimiento.

Caso II

Nuestro cliente es un restaurante que tiene contratada una póliza con la cobertura de incendio. Tras haberse incendiado la cocina de su local y haber puesto el siniestro en conocimiento de su compañía aseguradora, esta no procedió a realizar oferta alguna; ni siquiera procedió, a pesar de ser requerido, a enviar un perito que valorase los daños. Tras poner el asunto en nuestras manos, la justicia obligó a su aseguradora a abonar la totalidad de los daños sufridos en el restaurante por el incendio, así como las costas judiciales.

Caso III

Nuestra cliente es una trabajadora que, años atrás y después de un accidente de trabajo, había sido declarada por la Seguridad Social en situación de incapacidad laboral total para su oficio de dependienta puesto que sus lesiones le impedían permanecer de pie durante horas, cobrando así el 55% de su base reguladora. Toda vez que esa incapacidad es compatible con el trabajo, nuestra cliente desarrollaba un nuevo puesto de telefonista hasta que, debido a una enfermedad degenerativa, le resultaba imposible permanecer sentada durante toda la jornada y padecía importantísimos dolores. A pesar de que el INSS consideró que estas nuevas dolencias no modificaban su situación y podía seguir trabajando, la trabajadora se puso en contacto con nosotros y, tras el  oportuno procedimiento judicial, la justicia ha considerado que se encuentra en situación de incapacidad laboral absoluta, debiendo cobrar el 100% de su base reguladora.

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